viernes, 14 de noviembre de 2014

Derechos humanos en generaciones

               

          El reconocimiento de los derechos humanos ha ido evolucionando con el paso del tiempo, es así, que se ha ampliado la cobertura de los mismos, en un inicio, se consideraban derechos subjetivos individuales, ahora se habla de derechos subjetivos colectivos.

          En este sentido, para quienes se han dedicado al análisis y estudio de los derechos humanos, han realizado una gran variedad de clasificaciones, en este caso, al considerar el desarrollo de los mismos a través del paso de tiempo, y en tanto estos continúan evolucionando, se ha realizado una clasificación historicista en la que se han llegado a considerar tres generaciones de derechos humanos, sin embargo, ya en nuestros días se habla incluso de una cuarta.

La primera generación contempla principalmente derechos civiles y políticos, los últimos considerados derechos de los ciudadanos, sin embargo, este hecho deja excluido a los extranjeros y a los niños, ya que ellos no gozan de dicha calidad. Nacen como una medida de protección del individuo frente a la autoridad, en otras palabras, es una imposición de la obligación de NO HACER por parte del Estado, no restringir, no interferir, etc… En esta generación entran por ejemplo: derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad jurídica, libertad de tránsito, de asociación, de votar y ser votado, etc…

          Después se habló de una segunda generación, en la que se amplía la cobertura de tales derechos, ahora se habla de derechos económicos, sociales y culturales.  Aquí ya no sólo se reconocen derechos individuales, sino que también se reconocen derechos colectivos.  En esta etapa México tiene un antecedente interesante, ya que fue el país que implementó la primera Constitución que llevó implícitos derechos sociales.

          La Constitución de 1917, fue la primera en el mundo que contempló un modelo de justicia distributiva y la primera en reconocer derechos de grupos vulnerables (derechos de los campesinos, trabajadores, etc.), posteriormente, reconoció derechos de la sociedad en general. No obstante, este dato nos podría poner a reflexionar un poco, porqué siendo México el primer país en reconocer estos derechos, la realidad nos muestra que en la praxis nada ha evolucionado, los grupos vulnerables siguen siendo grupos vulnerables y el Estado sigue cometiendo frente a ellos las más grandes injusticias disfrazadas de justicia, sigue limitando sus derechos en pro de la ilegalidad con máscara de legalidad.

          En este apartado se reconocen derechos tales como el derecho a la seguridad social, a la educación, salario justo, a formar sindicatos, a un trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias, etc…

          Después se habla de una tercera generación en la cual se hace referencia a los derechos de solidaridad internacional, estos derechos se encuentran representados por aquellos para cuyo reconocimiento necesitan del consentimiento de los Estados del mundo y que surgen como respuesta a la necesidad de cooperación entre las naciones, así como los distintos grupos que las integran. Aquí se reconoce un derecho como valor fundamental para toda la sociedad, por ejemplo: el derecho al medio ambiente, a la autodeterminación de los pueblos o el derecho a la paz, entre otros.

          No obstante todo lo anterior, actualmente ya se habla de una cuarta generación, en el que los derechos no se amplían hacia el objeto de aplicación, sino hacia el sujeto obligado, es decir, que son exigibles hacia todos y no solo frente a la autoridad.


          Hasta aquí llega tal clasificación, sin embargo, no podemos dudar que el mundo cambia día con día, y es posible que estas generaciones sigan aumentando, es posible que se sigan creando mas derechos o que se amplié la cantidad de sujetos obligados, pero lo importante no es el aumento, lo importante es que pudiera con esto lograrse un cambio verdadero y significativo en nuestras vidas. 

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